miércoles, 1 de agosto de 2012

Amigos son los amigos. Sobre las denuncias de la CPM y la connivencia y parcialidad del juzgado de Morón.


Amigos son los amigos
Sobre las denuncias de la CPM y la connivencia y parcialidad del juzgado de Morón.
*por el Espacio por la Democracia en Merlo


Dicen que los amigos están siempre en los momentos difíciles. Por eso no resulta tan sorprendente la operatividad y rapidez de la Justicia de Morón para fallar a favor del intendente Raúl Othacehé respecto a la última denuncia efectuada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) por la demolición de parte del ex centro de detención clandestina, la Comisaria 2ª de Libertad. Buenos amigos.

Sin embargo, después de haber leído el fallo completo, en el cual el Juez Federal Dr. Jorge Ernesto Rodríguez decide archivar la causa Nro. 4879, podemos permitirnos algunas reflexiones.

El juez no encuentra delito alguno cometido por parte del intendente Raúl Othacehé, como así tampoco de sus funcionarios Eduardo Aguirre y Aníbal Pazos. Alega que la orden de no innovar llega a manos de la municipalidad de Merlo ocho días después de efectuada la demolición. Pero él mismo cita, dentro del fallo, la Ley Nacional N° 26.691 y la Ley Provincial N° 13.584, en las cuales se dicta que todos los edificios en donde funcionaron centros de detención clandestina deben ser preservados.

 Esta lista de sitios de la memoria se conforma con los datos señalados en el informe de la CONADEP (el conocido libro Nunca Más), en el cual se menciona explícitamente la Comisaría 2ª de Libertad como un centro de detención clandestina ubicado en el área 163, subzona 16 de la fuerza aérea, dentro de la zona 1. Aquí es necesario tener en cuenta dos elementos: según el fallo es “un funcionario de Morón”, el Sr. Emiliano Ruy Rodríguez, quien da el aviso al Dr. Rafecas de que la Comisaría 2da de Libertad está en el informe de la CONADEP, este mismo año. Pero la última edición del informe, en la cual se menciona explícitamente la Comisaría 2ª de Merlo (Libertad), es del 2006. Es decir, que es intrascendente cuándo el Dr. Rafecas da el aviso al municipio de que la Comisaría debe ser preservada por ser un sitio de memoria, si de todos modos esto era de público conocimiento desde 2006.

Por otro lado, consideremos las leyes N° 26.691 (Nacional) y N° 13.584 (Provincial). La ley nacional es del 2011, pero la provincial es del 2006. Es decir que desde hace 6 años que como mínimo en la Provincia de Buenos Aires deben respetarse los lugares de memoria. Ahora bien, ambas leyes señalan que es el Poder Ejecutivo (Nacional y Provincial, respectivamente) el responsable de la preservación de esos sitios. Si consideramos que es obligación de cualquier Estado Municipal el hacer cumplir sus leyes provinciales y nacionales, ¿no convierte esto a los municipios en tan responsables de preservar los sitios de memoria como lo es la provincia y la nación? No obstante, aún si dejáramos esto de lado, la ley 26.691 en su artículo 5 inciso b dispone que la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación debe alentar a los municipios a crear entes que tengan la misión de preservar los sitios de memoria. Y justamente en Merlo existe una Comisión Municipal por los Derechos Humanos, encargada entre otras cosas de identificar personas desaparecidas; ¿Acaso esta Comisión no es el ente del que habla la ley 26.691? ¿Quién sino ella debe encargarse del reconocimiento y la preservación de los sitios de memoria de Merlo?.

Por todo esto es difícil de comprender que pueda alegarse que el Municipio de Merlo “no sabía” que debía proteger un sitio de la memoria, e incluso es inentendible que haya sido necesario que un funcionario de Morón señalara al Dr. Rafecas que la Comisaría 2ª es un sitio de memoria, cuando claramente esto debería haberlo hecho nuestra propia Comisión por los Derechos Humanos del Partido de Merlo. Es responsabilidad de las autoridades del municipio conocer las leyes que afectan su jurisdicción y hacerlas cumplir. Si un hombre asesina a otro sin motivo, ¿puede quedar libre porque “no conocía” la ley que prohíbe el asesinato?

La causa iniciada por parte de la CPM se enmarca en el incumplimiento de dichas leyes, y no en una campaña difamatoria y con fines de rédito político como supone Othacehé en su conferencia de prensa. De hecho, la CPM recurre a la justicia sólo al no encontrar respuestas certeras en el mismo municipio acerca del accionar de su gestión o, al menos, un esbozo de autocrítica. El cargo que le imputan al intendente es el de incumplimiento de deberes de funcionario público, basándose en la ilegalidad de los procedimientos llevados a cabo en la Comisaria N°2 de Libertad, ya que, al margen de cualquier medida cautelar, existen dos leyes que garantizan la integridad de aquellos puntos de potencial  interés para cualquier instancia judicial relacionada con delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar. Sin embargo, el fallo emitido por el magistrado Jorge Ernesto Rodríguez desestima la violación de una medida cautelar de no innovar en una causa iniciada con la caratula de privación ilegitima de la libertad (causa N° 7273/2006),  alegando que los funcionarios del municipio de Merlo ignoraban, debido a la falta de notificación fehaciente, la prohibición legal de intervenir de cualquier forma el inmueble en cuestión. Es decir que el fallo sólo toma en cuenta uno de los sentidos en los cuales podría haber existido incumplimiento de deberes (no respetar la medida cautelar), pero no toma en cuenta el otro sentido en el que puede considerarse el mismo delito (no respetar una ley nacional y una provincial).

            En todo caso, suponiendo que admitiésemos la posibilidad de que un intendente desconozca inocentemente una ley que rige en su localidad (a este nivel un error grave), hay una segunda cuestión a tener en cuenta. Antes de que el Dr. Rafecas personalmente interviniera en la demolición, concejales de Nuevo Encuentro presentes en el lugar, según sus propias declaraciones, le informaron a los funcionarios municipales de la existencia de la ley por la cual no debían demoler el edificio. Así lo indican en un comunicado de prensa que hicieron circular por la red: "Al presentar el escrito firmado por el Juez interviniente, donde se remarcaba que no se podía innovar en el lugar (es decir, que no se podía demoler el edificio), el personal a cargo de la demolición desestimaron el escrito y prosiguieron con la obra pese a nuestras advertencias. Informamos a la secretaria del Juez a cargo, quién ordenó la presencia de personal de la Policía Federal para detener la demolición." Los responsables de la demolición se negaron a hacer caso de lo expresado por los ediles. Solo detuvieron la demolición cuando se presentó la policía federal con la orden del juez, momento en el que ya se encontraban las dos terceras partes del edificio demolido. En síntesis, hicieron caso omiso a lo expresado por los concejales antes de comenzar con la tarea, y solo se detuvieron con la orden del juez en manos de la autoridad federal. Una actitud que solo demuestra soberbia e ineptitud por parte de los funcionarios municipales para con los ediles de la oposición, tan conocedores de la jurisprudencia local como los de la bancada oficialista.

Un capítulo aparte merece el juez responsable del fallo, el Dr. Jorge Ernesto Rodríguez, quien lleva en sus hombros denuncias por causas “armadas”. El mismo magistrado, en declaraciones hechas con motivo de una acusación realizada en su contra (Expediente Nº102/2010), reconoce que en repetidas ocasiones se le hicieron señalamientos similares, y dice que los mismos son "ni más ni menos que la recreación de varias pretéritas delaciones en contra del suscripto, conforme una remanida estrategia de desacreditar a quienes tenemos el honroso deber de administrar justicia". Incluso precisa que quienes tienen "el honroso deber de administrar justicia" suelen sufrir esta suerte de persecución sobre todo cuando "tienen asiento en Morón”. “Ese modus operandi de denunciar a los magistrados federales que tienen asiento en Morón no es novedoso sino que viene de larga data". Por supuesto, todas estas imputaciones al magistrado acabaron por ser desestimadas, como suele suceder.

            Finalmente, llama también la atención que el intendente haya convocado a una conferencia de prensa para dar a conocer el fallo judicial exactamente el mismo día en que la CPM se presentó en Merlo para realizar una reunión en la sede de SUTEBA y tratar este tema. Sobre todo cuando el fallo es del día 4 de Julio y la reunión y la conferencia de prensa se realizaron el día 23 de Julio. Esto nos invita a reflexionar: ¿la maniobra política que Othacehé atribuye a la CPM, no es en realidad llevada a cabo por parte del mismo intendente? Un interrogante que brinda mas respuestas que dudas.

El fallo. Para agrandar, hacer click en la imagen.




1 comentario:

  1. che, faltan hojas, no tiene continuidad de la hoja 1 a la que le sigue.....

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